| Introducción
a Cartas de José Marcoleta.
Los
Presupuestos de tres Diplomáticos Nicaragüenses
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RIO
SAN JUAN DE NICARAGUADESCUBRA COLECCION DE EVENTOS POR ORDEN CRONOLOGICO 1500 a 1600 1600 a 1700 1700 a 1800 1800 a 1900 1900 a 1949 1950 a 2000 2000-01 Cartas de Don José Torcuato de Marcoleta Carta
dirigida por el Señor White
Nueva York 16 de junio de 1854. Muy señor mío: El lúnes próximo saldrá de aquí el Capitán Hollins, y por sus instrucciones comprenderá V. la discreción que se confía á V. Es de desear que ejerza V. esas facultades de modo que no haya ningun género de clemencia con los habitantes ni con la ciudad. Si esos miserables son severamente castigados, podremos tomar posesión de la localidad, reconstruirla, nombrar las autoridades y transferir la jurisdicción. Ya sabe V. lo demas. Importa mucho hacer concebir á esos habitantes un saludable terror con respecto á nosotros. El castigo les servirá de lección. Arréglese V. con ellos respecto á la organización de un nuevo Gobierno y al nombramiento de las autoridades y empleados. Todo depende ahora de V. y de Hollins: este último en todo. J. L. White (1).
(1) Copia de esta carta cayó en manos del representante de la República, quien la envió oportunamente á su Gobierno, al paso que con sus diligencias y sus relaciones en el Departamento de Estado y en la Legación británica, logró impedir la realización de los proyectos de la compañía de Tránsito para poderarse de San Juan. Legación de Nicaragua Washington
28 de julio de 1854.
Los periódicos
de Washington y de Nueva York acaban de informar al público de los
sucesos ocurridos en San Juan de Nicaragua en los días 12 y 13 del
corriente, cuyo resultado y fatal desenlace ha sido la completa ruina,
la destrucción de aquel puerto y la de cuantiosos interese pertenecientes
á ciudadanos nicaraguenses residentes ya en San Juan, ya en Granada,
ciudad situada en las márgenes del Lago de este nombre.
Las causas de esta catástrofe se atribuyen á ciertos agravios cometidos contra la dignidad de la Unión por varios aventureros, enteramente extraños al país, quienes, usurpando los derechos y soberanía de Nicaragua, se constituyerón en un cuerpo político é independiente, y se arrogaron los derechos y el ejército de una autoridad que no les pertenecía, ni pudo, ni debió jamás pertenecerles. Parecía natural que solo los verdaderos culpables hubiesen recibido el condigno castigo, sin que hubiese necesidad de envolver en la ruina á los pacíficos habitantes de Nicaragua residentes en el puerto, contra quienes jamás se ha producido, ni puede producirse, la menor ni la más ínfima queja. En opinión del infrascrito, hubiera sido de desear que el capitán Hollins arreglado sus actos en conformidad de los mas estrictos principios de la justicia distributiva, y que se hubiese limitado á dar una lección á los perpetradores del desórden, dejando en paz, en el goce de su libertad y de sus bienes á aquellos quienes, como los Nicaragüenses, han estado siempre muy lejos de simpatizar, de aprobar y de tener la menor parte en ninguno de los hechos y sucesos que han tenido lugar en San Juan desde el tiempo de la usurpación. Desalojar del pueblo á los pseudos-soberanos, autores de todos los excesos y escándalos consumados en el puerto, y restaurar en él la autoridad, soberanía y pabellón de Nicaragua, hubiera sido en opinión del infrascrito, el único y eficaz medio de castigar á los culpables, y de remover para siempre las causas y origen de tanto desacato. Pero reducir á cenizas y consumar la destrucción de un pueblo entero que forma y ha formado siempre parte integrante de la República de Nicaragua, envolviendo en la ruina al inocente é indefenso con el criminal, y al aventurero con el pacífico ciudadano nicaragüense, fiel amigo del pueblo y del Gobierno américano, parecen hechos tan extraordinarios y tan fuera de las reglas usuales en circunstancias de ése género, que el infrascrito no puede menos de estar persuadido de que el capitán Hollins se ha escedido de sus facultades é instrucciones. En consecuencia de estos hechos, que parecen tan inesplicables, el infrascrito no puede menos de hacer, como efectivamente hace aquí, la reserva de los derechos de los ciudadanos nicaragüenses, muchos de los cuales tenían, según parece, en dicho puerto, inmensas mercancías en calidad de depósito, esperando circunstancias favorables y oportunas para dirigirlas al interior de la República. El infrascrito confía que la reconocida equidad y justicia del Gobierno de la Union no negará satisfacer á los interesados ciudadanos de Nicaragua la que en justicia le sea debida por los daños, pérdidas y perjuicios ocasionados al Estado en la total destrucción de un pueblo y de un puerto, el único perteneciente á la República en el Atlántico, para la importación y esportación de los objetos de comercio y demás transacciones políticas y mercantiles. El infrascrito aprovecha, etc. etc. José de Marcoleta. Al Hon. W.L. Marcy,
etc. etc.
LEGACION DE NICARAGUA Washington,
8 de Agosto de 1854.
El infrascritto ha recibido
la nota que el Honorable Secretario de Estado de la Unión Américana
le ha hecho el honor de dirigirle el 2 del corriente, respondiendo á
la que esta Legación remitió al Departamento de Estado el
18 de Julio último, esponiendo los daños, pérdidas
y perjuicios que se habían irrogado al Gobierno y á varios
ciudadanos de Nicaragua con la ruina y total destrucción del Puerto
de San Juan; espresando la indemnización competente á los
ciudadanos nicaragüenses que, inocentemente, hubiesen sido envueltos
en esa ruina.
En respuesta, el infrascrito tiene el honor de manifestar al Honorable Secretario de Estado que nunca ha sido su ánimo é intención suscitar ni promover, sobre el asunto, una polémica con el Honorable W. L. Marcy, no lo es ahora el reproducir la reclamación contenida en su precipitada comunicación del 28 de Julio último, ínterin el Gobierno de Nicaragua, informado de los últimos sucesos de San Juan y de las comunicaciones que han tenido lugar entre el Departamento de Estado y esta Legación, decida, en su juicio y prudencia, sobre la conducta que el infrascrito ha creído deber seguir en este negocio. Pero al mismo tiempo, el infrascrito no puede menos de llamar la atención del Honorable Secretario de estado sobre ciertas proposiciones y tendencias de su comunicación del 2 del corriente que, en su opinión, envuelven, séale permitido decir, ideas equivocadas, las cuales propenden, en cierto modo y bajo ciertas hiótesis, á cargar la responsabilidad de los sucesos de San Juan sobre el Gobierno de Nicaragua, á quien parece reprocharse el no haber impedido los escesos de algunos o de la mayor parte de los habitantes del puerto, tolerando en él su presencia. El Honorable Secretario de Estado no puede ignorar que el Gobierno de Nicaragua ha estado siempre dispuesto á tomar posesión de aquel puerto y á reinstalar allí su autoridad y jurisdicción si el de la Unión Américana hubiese creído prudente sostener á Nicaragua en esta empresa; ó á lo menos interponer con la Gran Bretaña sus buenos y amistosos oficios para impedir que esta Potencia llevase a ejecución las repetidas amenazas fulminadas contra Nicaragua en las notas del lord Clarendon al Ministro Británico en Washington, el cual las comunicó á ese Departamento de Estado. "La Gran Bretaña repelerá cualquier agresión que Nicaragua, Honduras ó cualquiera otro Estado de Centro América lleguen á cometer dentro de esos límites (Mosquitos), no puede abandonar su posesión actual ni permitirá que eleven el menor derecho á ellos y mucho menos que lleguen á establecerse allí por la fuerza. Y si alguna menos que lleguen á establecerse allí por la fuerza. Y si alguna de esas Repúblicas siguiese cometiendo agresiones en dicho territorio, lo harán en su propio riesgo y peligro y deberán atenerse á las resultas". El Gobierno de Nicaragua sabe muy bien que la Gran Bretaña llevaría á cumplido efecto estas amenazas, y por esa razón el infrascrito ha manifestado mas de una vez al Honorable Secretario de Estado que, con el auxilio ó con la mediación del Gobierno Américano, Nicaragua procedería inmediatemente á tomar posesión del puerto. El Honorable Secretario de Estado no creyó prudente arrostrar esta empresa, del mismo modo que el Gobierno de Nicaragua no creyó tampoco avisado arriesgar la tranquilidad interior de la república, comprometer acaso las buenas relaciones existentes entre los estados Unidos y la GRan Bretaña y esponer sus puertos del Pacífico al bloqueo, á la invasión y probablemente á la más completa devastación y ruina. Esto bastará para convencer al Honorable Secretario de Estado de que si Nicaragua no tomó con oportunidad posesión de San Juan, esto no debe atribuirse á culpa suya. Y si la Unión Américana, con 26 millones de habitantes, con su marina, sus milicias, sus rentas, su poder y su inmensa influencia ha retrocedido ante la responsabilidad y contingencias de esa empresa, Se podrá con razón reprochar a Nicaragua no haber tomado posesión y arrojado del puerto á los aventureros que allí han dominado hasta el día.? El Honorable Secretario de Estado en su dicha comunicación del 2 del corriente, con referencia á los ciudadanos nicaragüenses residentes en San Juan, añade "que es casi increíble el que un número considerables de respetables ciudadanos de Nicaragua pudieran haber tenido residencia y propiedades en medio de los pseudos soberanos sin que, necesariamente, hayan estado en traidoras relaciones con los enemigos abiertos y declarados de la República, que además esos ciudadanos sabían, porque repetidas veces se les hab1a intimado, que se trataba de castigar al pueblo por sus escesos; que tuvieron todos los medios de evadirse del riesgo y de ponerse en comunicación con el capitán Hollins; que no dieron el menor paso para obtener que se hiciese la debida distinción entre ellos y los culpables; y que, por último, deliberadamente unieron sus intereses con aquellos que el infrascrito supone ser merecedores del condigno castigo, etc. etc. Permítase, ante todo, al infrascrito protestar contra semejante aserciones que implican una declarada hostilidad de parte de varios ciudadanos nicaragüenses contra el Pueblo y el Gobierno de la Unión y contra el Gobierno de Nicaragua. Ni el número ni la calidad de los ciudadanos nicaragüenses que las necesidades de la república atrían contínuamente á San Juan, ó que se veían forzados á residir allí en razon de esos mismos intereses, no aumenta ni disminuye el derecho de reclamar por sus intereses inocentemente sacrificados. Ademas, el Honorable Secretario de Estado no puede desconocer la posición y circunstancia, respecto al interior de la República, del puerto y pueblo de San Juan, sola entrada en el Atlático; punto de arribada, depósito y tránsito; distante cerca de 200 millas de los puertos comerciales de la república, y que por consiguiente ha sido siempre forzoso tener allí varias personas, en calidad de consignatarios, encargadas de vigilar la carga y descarga de los buques, de importar y esportar los objetos de comercio. El Gobierno de Nicaragua tenía tambié allí comisionados para el recibo, despacho, remision y distribución de la correspondencia pública y oficial, y estaba perfectamente persuadido y satisfecho de la fidelidad y lealtad de estos ciudadanos, que jamás tomaron parte en ninguno de los actos públicos, ni en el menor de los escesos de los usurpadores; siendo de notar que la Compañía de Tránsito, defendida y protegida por el Gobierno de la Unión, es la única que ha concurrido y participado en las elecciones populares, asistido y sometidose á los Tribunales de San Juan, y obtenido de esas mismas autoridades cesiones de terreno, cual el que hoy ocupa en Punta Arenas. Inutil hubiera sido á los ciudadanos nicaragüenses ponerse en comunicacion con el capitán Hollins y alegar escepciones, cuando un ciudadano francés llamado Barruel, bien conocido en toda la República, protestó contra los usurpadores, y, sin embargo, sus bienes y propiedades han sido igualmente arrasadas y destruidas. Es, pues, de presumir que igual suerte hubiera cabido á los nicaraguenses, aun cuando hubiesen seguido los pasos y el ejemplo del Sr. Barruel. Al hacer la reserva de los derechos de los ciudadanos nicaragüenses que hubiesen experimentado pérdidas en la última conflagración de San Juan, el infrascrito no entendió comprender en ella á aquellos, si hubiese alguno, que directa ó indirectamente hubiesen tomado la menor parte en los actos, abusos y escesos de los enemigos de la Unión Américana y de la República de Nicaragua. No cree, pues, el infrascrito haber provocado de ninguna manera la severa respuesta dad á su comunicación del 28 de Julio último; ni menos ha pensado ni entendido herir en lo más mínimo las justas susceptibilidades del Pueblo y del Gobierno Américano, con quienes Nicaragua ha vivido, felizmente, hasta aquí, y desea vivir en lo futuro, en los términos de la mas íntima y estrecha amistad. En infrascrito ha recelado y recela, con sobrado fundamento, que la destrucción de San Juan sea esplotada por ciertos individuos americanos que preparan un sensible conflicto. Detras de los usurpadores de San Juan y encubiertos aún bajo un velo, no tan denso que les impida ser distintamente percibidos, existen otros, residentes en los Estados Unidos, colocados algunos en altos puestos, que obran y conciertan desde algún tiempo á esta parte para llevar á ejecución otro proyecto de usurpadores mas escandaloso y en mayor escala que abraza y comprende todo la costa atlántica del país, el territorio situado al Norte y al Sur del Río San Juan de Nicaragua. El infrascrito posee documentos irrecusables y fehacientes que prueban el tráfico ilegal que actualmente se hace de las acciones de una Compañía cuyos títulos son más espúreos, mas sofisticados y temerarios que el de los últimos pseudos soberanos de San Juan. El Honorable secretario de estado concluye su nota del 2 del corriente pidiendo al infrascrito que manifieste al Gobierno de la Unión el parecer del Gobierno de Nicaragua respecto á la responsabilidad que pueda exigírsele de la conducta de los habitantes de San Juan. A pesar de que el infrascrito cree haber tenido el honor de manifestar este asunto lo suficiente para que la equidad del Gobierno Américano y la reconocida imparcialidad y justicia del Honorable Secretario de estado decidan la cuestión, añadirá, sin embargo, que sería extremadamente injusto exigir á un Gobierno la responsabilidad de hechos en los cuales no ha tenido, directa ni indirectamente, la menor participación; hechos consumados y perpretados en un punto del Estado en el que la fuerza y la violencia le han impedido el ejercicio de su autoridad y jurisdicción. Y aún dado el caso de haber ejercido estos atributos del poder, la ley de las naciones exigiria que la parte agraviada recurriese oportunamente pidiendo reparación de los agravios y el castigo de los culpables. Solo en el caso de una negativa absoluta y después de haber agotado todos los medios que exigen las leyes internacionales, las represalias pueden y deben ser permitídas. Ademas, no es posible admitir que después de haber castigado y tomado satisfacción de los escesos y exigido reparación de los daños, se pueda recurrir nuevamente pretendiendo segunda reparaci. y amenazando con nuevo castigo por unos hechos ya anteriormente vengados y reparados. Nos bis in uno. Parece al infrascrito que el Gobierno de la Unión Américana estaría mas bien en el caso de hacer responsable de los escesos de San Juan y de pedir reparación á la Gran Bretaña., que como potencia soi disant protectora, ha tolerado y protegido en el puerto á los enemigos de la Unión. El infrascrito tiene el honor de reiterar al Honorable Secretario de Estado de la Union Américana las seguridades de su mas alta y distinguida consideración. José de Marcoleta Al Honorable W. L.
Marcy, etc. etc.
Expedición de Keney Washington, Febrero, 7 de 1854. Al Honorable señor
James Guthry,
Muy señor
mío:
LEGACION DE NICARAGUA Washington, Marzo, 20 de 1854 El infrascrito, enviado estraordinario y ministro plenipotenciario de la República de Nicaragua, ha recibido órden espresa de su Gobierno para transmitir al Hon. Sr. L. Marcy, Secretario de Estado de la Unión Americana, una copia aquí adjunta, del despacho que le ha sido dirigido el 19 de febrero último por S.E., el señor Ministro de Relaciones Esteriores de la República protestando contra el proyecto que algunos ciudadanos de la Unión han formado de colonizar la Costa de Mosquitos, fundando su derecho en una pretendida concesión hecha por el antecesor del gefe actual de esos Indios á un súbdito británico residente en San Juan por nombre Shepherd, quién parece transfirió despues á varios ciudadanos americanos. Bien que hasta ahora no haya sido posible al infrascrito suministrar un documento que pruebe la realidad de dicho proyecto y del establecimiento de una compañía bajo el título de Central América Land and Mining Company, hay no obstante la conviccion moral de la existencia real y positiva del proyecto y de la compañía á cuya cabeza se hallan personas bastante conocidas; siendo lo mas estraño el que varios de los principales miembros que forman parte de la Junta de Directores de la Compañía Accesoria del Tránsito de Nicaragua sean las que aparecen las mas interesadas en este negocio. En infrascrito no puede menos de llamar la atención del Hon. Secretario de Estado sobre estos hechos, los cuales están en oposición directa con los derechos y con los intereses de una república hermana, aliada y amiga en donde las simpatías por Norte América están arraigadas y cuyos intereses se hallan tan ligados y tan estrechamente unidos con los de la Unión americana. En infrascrito, á falta de datos mas decisivos, se abstiene de hacer aquí mención especial de otras ideas y proyectos que que circulan en el público y en la prensa con demasida apariencia de realidad, y que tienen conexion con los de las compañías arriba enunciadas. Si ha de creerse el rumor público, y si ha de darse asenso á ciertas especies generalmente esparcidas, se trata, nada menos, que de violar las leyes de ambas Repúblicas mediante, una irrupción á mano armada en el territorio de Nicaragua para apoderarse de la línea del Tránsito y monopolizarla en favor de ciertos individuos interesados en la Compañía del Tránsito Accesorio. Por mas vagos que aparezcan estos rumores, hay no obstante, suficientes indicios para dar márgen á sospechar dañadas intenciones. El Gobierno de Nicaragua espera con la mayor confianzaque el de la Unión tomará en estas circunstancias el mismo interés que ha manifestado siempre por la república y que adoptará todas aquellas medidas que crea mas conduncentes para evitar que una nueva complicación venga ahora á aumentar las que anteriormente existían para el arreglo de las cuestiones del Puerto San Juan y Costa dee Mosquitos. Harto ha demostrado la esperiencia que los hechos suceden casi inmediatamente á los rumores y á los anuncios, por mas vagos que estos sean, de proyectos y empresas de tal naturaleza. El Gobierno de la Unión no pudo preveer, ni por consiguente evitar la invasion reciente de la Baja California, y sólo cuando tuvo conocimiento de los hechos se apresuró, lleno de la mejor fé y sentimientos, á condenar y declarar por ilegal semejante infracción sobre la cual han corrido antes de verificarse los mismos vagos rumores que hoy circulan y respecto á la línea del Tránsito de Nicaragua y al Proyecto de Colonización de la Costa de Mosquitos. Eran igualmente conocidas las ideas de varios especuladores que intentaban formar compañías y enviar buques y espediciones al Brasil para forzar el paso del Río Amazonas. Los periódicos de la Unión hablaron de estos proyectos del mismo modo que se han ocupado, no ha mucho tiempo, de la Compañía de colonización de Mosquitos y de los objetos que esta, y alguno otro se proponían. Y si estos proyectos han sido deshechos y abandonados, es debido sin duda, á la firme y decidida actitud que haya podido tomar el Gobierno de la Unión para hacer respetar la ley de las naciones. Nicaragua, por la similitud de su Gobierno y de sus instituciones, por la mancomunidad de intereses, por la símpatia que profesa y que le une con los Estados Unidos, crée tener mas fundamento y aun mas derecho para esperar el amparo y protección de la Unión Américana contra invasiones estranjeras y contra los proyectos de los trastornadores del órden público. Nicaragua ha indentificado sus intereses morales y materiales con los intereses materiales y morales de la Unión: acaba de sellar por medio de un tratado amistoso las antiguas relaciones y los vínculos que felízmente unian á ambos Gobiernos y á los dos pueblos, y Nicaragua cree que nada puede temer, y sí mucho que esperar de la familia Norte américana. En infrascrito, en cumplimiento de las órdenes que ha recibido de su Gobierno, tiene ademas el honor de dirigirse al Hon. Sr. W. L. Marcy, Secretario de Estado, con el objeto de saber si el Gobierno de la Unión, en la hipótesis de la existencia de la pretendida Central American Land and Mining Company, y si en el supuesto de que esta intente llevar adelante sus ideas y si en el supuesto de que esta intente llevar adelante sus ideas y sus planes, opondrá la fuerza y el poder de las leyes para impedir un atentado semejante ó cualquier otro proyecto ilegal á que puedan arrojarse personas desautorizadas. El infrascrito se apresura á manigestar y á asegurar al Hon. Secretario de Estado que el Gobierno de Nixcaragua está y estará siempre dispuesto á oir, á escuchar y á dar la resolución que crea justa á las proposiciones que se le hicieren en debida forma sobre cualquier proyecto de colonización ú otros semejantes de reeconocida y comun utilidad por personas ó compañías respetables que ofrezcan las competentes seguridades. Pero al mismo tiempo Nicaragua no solo rechaza sino aun protesta del modo mas solemnes contra toda empresa que no lleve la sanción del Gobierno, ó que afecte en lo mas mínimo los derechos de su soberanía, y esto no solo en el territorio que ahora ocupa sino aun en aquel que se disputa y en donde solo la fuerza se ha opuesto hasta el día al libre ejercicio de esta soberanía; pues todos ellos forman y jhan formado siempre parte esencial é integrante del Territorio de la República, y como tal fueron reconocidos á Nicaragua por la España en el Tratado del 25 de Julio de 1850. que el infrascrito tuvo el honor de negociar, concluir y firmar con el gobierno de Su Majestad Católica. El infrascrito espera, con la mayor y mas ilimitada confianza que el Hon. Sr. W. L. Marcy tomará en consideración el contenido de este despacho; y que al propio tiempo tendrá la bondad de dar al infrascrito, con la brevedad que sea posible, una respuesta á los puntos que en él se contienen. En infrascrito aprovecha esta oportunidad para ofrecer al Hon. Secretario de Estado de la Unión américana las seguridades de su más distinguida consideración. J. de Marcoleta Al Hon. W, L. Marcy, etc, etc.
LEGACION DE NICARAGUA Washington 4 de Mayo de 1854. El honorable Secretario de Estado tiene ya conocimiento de que en la ciudad de Nueva York se ha formado una asociación, compuesta de ciudadanos americanos, denominada Central América Land and Mining Company, cuyo objeto y fines aparentes es la esplotación de bosques, tierras y minas de casi, si no todo el territorio y costa de Mosquitos. Dicha Asociación deriva su título de una pretendida concesión hecha por los difuntos abuelos del actual supuesto rey mosquito, á ciertos mercaderes de Jamaica al precio de algunas barricas de vino y aguardiente. Con el objeto de ilustrar esta materia y hacer palpable el engaño que se emplea para alucinar y atraer al público y para que el Honorable Secretario de Estado pueda apreciar la justicia y la razón con que Nicaragua reclama contra la invasión y la violación que se pretende hacer de sus derechos, el infrascrito se propone hacer aquí una reseña sobre la historia y el origen de esta intriga tenebrosa. El 24 de enero de 1839, el llamdo Rey Roberto Cárlos Federico, ya finado, cedió en favor de Samuel Shepherd y de Estanislao Tomes Kaly, súbditos ingleses, residentes en Jamaica, todo el territorio situado entre la orilla meridional de Río Grande de Bluefields, (Bluefields main River) hasta la parte habitada por los españoles del lado de Occidente, y hasta las playas del mar, por el Oriente; ademas, todo el distrito y territorio situado entre la orilla meridional de Bluefields Main River y la orilla septentrional del Rí San Juan de Nicaragua hasta la parte habitada por los españoles, al Oeste, y hasta la orilla del mar por el Este. En el mismo dia 24 de Enero, el títulado rey cedió, ademas, á las referidas personas, con el asentamiento de un Consejo de aventureros ingleses, todo el territorio comprendido entre la orilla meridional del Río San JUan, siguiendo por la costa del Sur, y comprendiendo la Boca del Toro y la Laguna de Chiquirí y desde aquí hasta la Boca llamada King Bappan, limítrofe con la Nueva GRanada; y desde dicha boca, en dirección recta hacia el Sur hasta la coordillera que divide ambos Océanos y los terrenos poblados por los Españoles, y volviendo en dirección paralela con el mar hasta el Río de San Juan del Norte. En junio del mismo año, el jefe indio hizo igualmente cesión, en favor de los tres mercaderes ya referidops, de la isla conocida bajo el nombre de Corn Island adyacente á la Costa de Mosquitos. En 20 de setiembre de 1838 el jefe indio se había ya deshecho, en favor de un súbdito inglés, Juan Sebastián Renech, residente en Lóndres, de todo el Río Patook, situado en latitud 15 grados 48' Norte, y 84 grados 14' Oeste, a la distancia de 40 millas inglesas de la embocadura del Río Black (Black River) al E. S. E. juntamente con todo el territorio adyacente al Río Patook; es decir, diez millas inglesas desde ambas orillas del Río, desde su embocadura, hasta la parte poblada española. Fueron tales los privilegios concedidos á Shepherd, Kaly, y Rennech en esas diferentes cesiones que aun tenían estos facultad de ejercer derechos soberanos y, consecuentemente, de imponer todo género de contribuciones sobre los bienes raíces y sobre la importación y esportaciones de los objetos de comercio. Debe hacerse la justicia de declarar que el Gobierno británico fué estraño á todas esas ventas, las cuales quedaron consumadas sin su intervención. El 25 de febrero de 1840, ese singular monarca hizo un testamento en el que, por primera vez, en la época moderna, se decubre la intervención de un agente británico, Mr. Mac-Donel, Superintendente General de Belice. En el Documento últimamente referido, documento bastante prolijo, declaraba el rey salvaje que, después de su muerte, los negocios del reino quedarían en manos de las personas nombradas por su Majestad India, á propuesta de S. E. el Sr. Mac Donel para que dichos negocios fuesen manejados y conducidos por los comisarios bajo la sanción y aprobación de Mac Donel, á quien se confirieron las funciones y facultades de Regente durante la menor edad del heredero, el titulado Rey actual. De este modo quedó dividido el Imperio
Mosco entre pocos súbditos ingleses de Jamaica., mediante la cesion
y venta hecha por la difunta Majestad de Roberto Carlos Federico, que en
paz descanse, y por el Coronel Mac Donel, superintendente de Belice, Regente
del Reino.
La inserción literal que el infrascrito omite, en favor de la brevedad, de los principales documentos auténticos; y un escrupulosos análisis de todos estos papeles de Estado, bastarían para justificar la vberdad u exactitud de unos hechos que parecen inverosímiles y aun fabulosos. El infrascrito pasará ahora á manifestar
quiénes fueron los que prepararon...
EL MINISTRO DE RELACIONES ESTERIORES DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA AL MINISTRO PLENIPOTENCIARIO DE LA MISMA EN LOS ESTADOS UNIDOS Managua, Mayo 30 de 1854 S. E. el Sr. Presidente de la República ha leído con la mayor satisfacción el importante despacho y los documentos que le acompañan, dirigido á este Ministerio el 26 de abril último, y el Gobierno ha tenido el mayor placer viendo la actividad, la energá desplegadas por V. E. y los pasos que ha juzgado conveniente dar con el objeto de destruir los planes de los filibusteros contra la República. El país se apresurará á recompensar los servicios y celo de su digno Ministro Plenipotenciario por sus esfuerzos en sostener los derechos y defender los intereses de éste Gobierno, la integridad y la independencia de la República. V. E. hará los esfuerzos posibles para convencer al Gobierno y á los ciudadanos américanos de la falsedad de los asertos del Sr. Fabens , el cual ha llevado la osadía hasta de asegurar que esos proyectos de colonización han obtenido la sanción de este Gobierno. Lejos de esto, el Presidente recomienda á V.E. hacer comprender que toda tentativa de colonización, tal como la de Keney, Fabens y asociados, será rigorosamente repelida por las armas, si fuese necesario, del mismo modo que cualquiera otra empresa que no haya recibido la sanción de éste Gobierno. V. E. hallará, adjunta á este Despacho, la protesta que se acaba de dirigir, sobre el particular, al Honorable Sr. Wheeler, Ministro residente de los Estados Unidos. El Presidente recomienda á V. E. que continúe haciendo la oposición mas absoluta á todas esas ilegales empresas y á todo cuanto hecho para ocupar la menor parte del territorio de esta República. No puedo ni es posible expresar dignamente á V.E. la gratitud del Gobierno y de la República por todos los servicios que V. E. ha prestado á la Nación, principalmente en las presentes y delicadas circunstancias: todos ellos merecen la alta aprobación del Presidente, quién me ordena manifestarlo así áq V. E. Aprovecho, etc, etc. Al Excm. Sr. Don
J. de Marcoleta.
CIRCULAR DIRIGIDA A LOS AGENTES DIPLOMATICOS ESTRANJEROS N,
York, Niviembre 22 de 1854.
Varios periódicos
de la Union han informado al público la existencia y proyectos de
una asociación que, bajo el nombre de Central American Land and
Mining Company, se ha formado últimamente en N. York con el objeto
aparente de colonizar el territorio vulgarmente conocido con el nombre
de Costa de Mosquitos. - Dicha Compañía pretende derivar
sus títulos de una concesión otorgada por el jefe de dichos
indios á ciertos individuos ingleses procedentes de Jamaica,
quienes, no obstante la anulación hecha posteriormente por los caciques
sucesores, la traspasaron, mediante una pretendida venta, á otros
aventureros américanos hacia fines de 1853 ó principios de
1854.
- Entre las personas asociadas á tan singular empresa se cuenta
principalmente uno de los miembros mas activos de la Compañía
Accesoria del Tránsito de Nicaragua como para formar el eslabon
que encadene las operaciones de las dos Compañía y hacerlas
cómplices y solidarias en ulteriores y bien conocidos proyectos.
En una comunicación dirigida el 4 de Mayo próximo pasado al Departamento de Estado de la Unión Américana, el infrascrito, EE. y M.P. de la Rep. de N., no solo protestó en nombre de su Gobierno contra la formación y proyectos de la Compañía en cuestión, sino para demostrar su ilegalidad y el fraude con que se trataba de alucinar y atraer al público, espuso en un bosquejo suficientemente circunstanciado la historia y origen de la concesion, sus objetos y tendencias, declarando al mismo tiempo que aunque el Gobierno de Nicaragua se hallaba dispuesto á escuchar y á discutir cualquier proposición que tuviese por objeto mejoras y empresasw de común y mútua utilidad, no reconocería jamás ninguna concesión que préviamente ni hubiese sido sancionada, por la autoridad competente del país. El infrascrito continuó, no obstante, vigilando los pasos de ciertos hombres asociados á una empresa cuyo carácter y circunstancias llevan el sello indleble de la mas inaudita violación de la ley de las Naciones y del derecho de los Pueblos; llegando por último á tener la convicción moral y la evidencia material de una amenaza y de un inmimente riesgo para la nacionalidad é independencia de la República de Nicaragua. Se trata de hollar y de conculcar todo principio, toda justicia, y toda ley divina y humana; de sustituir al Gobierno Nacional y toda ley divina y humana; de sustituir al Gobierno Nacional con otro Presidente intruso proclamado y elegido e un oscuro rincon de Nueva York; y por último de invadir un pueblo hermano que , acaso con demasiada imprudencia, pero con la mayor buena fé, acogió favorablemente, y aun enriqueció á varios de los que hoy se han convertido en sus implacables é ingratos enemigos. Se dispone, desde un hotel de Nueva York, de cerca de 30,000,000 de acres propiedad agenañ se distribuye y regala con profusión á escritores y periodistas una inmensa parte de territorio en porciones de 150 acres cada una en forma de acciones, y se ofrece el resto hasta el número de 200,000 á la codicia delos innumerables vagabundos que pululan en las ciudades de la Unión. - Se afectó anteriormente sostener y reinvindicar, contra el protectorado británico, los derechos de Nicaragua sobre esa misma parte del territorio mosquito; y hoy se niegan y desconocen esos mismos títulos que ayer se alegaron con la sola y única idea de hacer desaparecer el insuperable obstáculo que pudiera oponerse á sus criminales cálculos. - Aun los mismos agentes diplomáticos de la Unión en Nicaragua, que los mismos agentes diplomáticos de la Unión en Nicaragua, que anteriormente habian espresado con enérgico fuego y con pomposos discursos oficiales y ciego y absoluto respeto de su país y el suyo personal por los derechos de Nicaragua, se constituyeron despues en humildes pretendientes de una Compañía que antes condenaban, y para cuya agencia general han ofrecido después servicios personales que vergonzosamente fueron desechados. Se asesina impune y cruelmente á pacíficos ciudadanos nicaraguenses que con honroso trabajo ganaban, para ofrecer á sus familias un pan sazonado con noble sudor, y se protege al mismo tiempo á los asesinos á quienes se cubre y escuda con el título, verdadero ó supuesto, de ciudadanos de la Unión. Se reduce á cenizas na población entera, condenando á la miseria innumerables familias, en despacho de burladas esperanzas y para satisfacer mezquinas pasiones, y se lleva despues el escándalo hasta la mas arrogante, bárbara y pública jactancia. Se violan contratos solemnes, evadiendo sus estipulaciones bajo varios pretestos, se defrauda al Gobierno de lo que legítimamente le pertenece y tiene legalmente adquirido; se intercepta y destruye la correspondencia pública, y oficial, se falsifican escritos, se establece un bloqueo y un entredicho entre el país y el resto del continente, se amenaza á los naturales y se intenta imponerles un yugo humillanteÑ y todo esto por obra y mano de aquellos mismos a quienes la gratitud impusiera el sagrado deber de unir sus intereses con los intereses de la República de hacer común la justa causa y defensa del país. ' Y para descarriar la opinion, desmoralizar los ánimos y debilitar el sentimiento y la conciencia pública, se vomita y esparce con profusión el veneno, el insulto y la calumnia contra naturales, contra el Gobierno y contra sus representantes, con el único objeto de desvirtuar sus nobles esfuerzos en defensa de su independencia, de sus derechos, hogares y familias. ' El infrascrito, que ha denunciado de nuevo estos proyectos y pedido al Gobierno de la Unión que se lleve á efecto contra los facciosos la justa aplicación de las leyes del país, no puede menos, al propio tiempo, de hacer resonar su voz en nombre de su Gobierno, protestando, como efectivamente viene á protestar aquí del modo mas solemne, ante Dios, ante los pueblos, naciones y gobiernos civilizados del mundo, contra todos los hechos arriba expresados, contra los nuevos proyectos que hoy se meditan, contra toda empresa ilegal y contra hombres que, so color de colonizar el territorio, esplotar bosques y minas, solo se proponen bajo estas apariencias usurpar el territorio, suplantar el Gobierno Nacional y arrogarse el poder soberano. El infrascrito declara, ademas, del modo mas terminante que su Gobierno se opone y opondrá por todos los medios que estén al alcance á tan criminales tentativas, é invoca el auxilio moral de los Gobiernos para que contribuyan con sus buenos oficios, en union con el Gobierno de Nicaragua, á oponer un fuerte y poderoso dique á la mas escandalosa violación, y á la inaudita ambicion de ciertos hombres que se proponen monopolizar en pocas manos el tráfico y comercio en esa parte del mundo, con grave y notorio perjuicio de los intereses de todos. ' El infrascrito ruega al... se sirva dar un traslado á su Gobierno de esta comunicación, y al mismo tiempo que se sirva admitir, etc, etc, etc. J. de Marcoleta.
LEGACION DE NICARAGUA Nueva
York, Noviembre de 1854.
Con fecha del 4 de mayo
último, el infrascrito tuvo el honor de dirigir al Departamento
de Estado de la Unión américana, una comunicación
que contenía la protesta contra una asociación que bajo el
nombre de Compañia Centro Américana de Tierras y Minas, se
había formado en Nueva York, y al propio tiempo, un bosquejo histórico
de su origen, tendencias y objetos. -En justo y leal desempeño de
sagrados deberes, el infrascrito ha estado constantemente siguiendo y observando
los pasos y progresos de dicha Compañía, habiendo logrado
tener la convicción moral, y aun la evidencia material de que sus
miembros y asociados se disponen á violar las leyes de esta República
y el territorio de Nicaragua. - El Herald de Nueva York del 17 del corriente
inserta un artículo que confirma las sospechas anteriores y las
evidencias actuales; y á pesar del poco crédito que se da
generalmente á noticias de periódicos, en los cuales por
lo regular domina siempre un espiritu especulativo á espensas de
la verdad, sin embargo, la exagerción que pueda contener dicho artículo
es de tan poca importancia que no destruye la verdad de los hechos, ni
la realidad ni existencia de riesgo. - Muy repetidas son las pruebas y
garantías que ha dado al mundo la Unión Américana
de su absoluto respeto por las leyes del país y por las de los demás
que se hallan en perfecta paz y armoniosas relaciones con los Estados Unidos.
Las proclamas de su ilustre Presidente contra la expedición del
Coronel Walker en California y contra la que se fraguó para la isla
de Cuba, demuestren plenamente las rectas miras de una Administración
que tan sabiamente dirige los destinos de esta gran República. -
La insistencia con que Gran Bretaña ha sostenido y sostiene en el
día el Protectorado sobre la costa de los Mosquitosha dado mas de
una vez ocasión al Gobierno américano, principalmente en
estos últimos tiempos, para declarar que la soberanía sobre
la costa mosquita pertenece y ha pertenecido siempre del modo mas incontestable
á la República de Nicaragua. Esta declaración, ó
mejor dicho, este reconocimiento ha sido reproducido y confirmado por los
agentes diplomáticos de la Unión en Nicaragua e sus frecuentes
relaciones y comunicaciones oficiales con el Gobierno de aquella República.-
No puede, pues quedar duda alguna de la legitimidad de los derechos
y soberanía de Nicaragua sobre todo el país comprendido entre
el mar Atlántico y el Pacífico, con todas sus islas adyacentes,
y sobre el territorio llamado antiguamente Provincia de Nicaragua, hoy
República del mismo nombre, bajo cuya circunscripción y límites
se halla el territorio vulgarmente conocido bajo el nombre de Costa de
Mosquitos.
La invasión que amenaza hoy á Nicaragua ha sido concebida y será realizada por individuos américanos, cuya nacionalidad deberá ser suficiente motivo para alejarles de la participación y complicidad de un proyecto altamente reprobado por la moral, la justicia, el honor y por las leyes que sobre la materia rigen en los Estados Unidos. - Ni la invasiones, ni la fuerza, ni la violencia, ni el plomo, ni el revolver, son hoy día elementos eficaces de civilización, ni las armas adecuadas para las conquistas del entendimiento y de la industria humana. No son tampoco los mejores atractivos para convidar é inducir á un pueblo hermano y amigo á poner un sello indeleble á los vínculos que por otros medios pudieran ligarles. El Honorable Secretario de Estado recordará las garantías y seguridades que infrascrito tiene dadas al Gobierno de la Unión, de la buena acojida que hallarán siempre en Nicaragua todos los que deseen emplear su industria y capitales en el país en mejoras y empresas de comun utilidad; pero el infrascrito debe de manifestar igualmente otra vez al Honorable Secretario de Estado, que las órdenes de su Gobierno le imponen el sagrado deber de oponerse á cualquiera empresa que no haya sido previamente consentida y sancionada por la autoridad competente del país. - Confiado el infrascrito en las amistosas y sinceras disposiciones del Gobierno de la Unión hácia Nicaragua, no puede menos de venir á invocar la aplicación de los principios políticos y de las leyes de neutralidad de los Estados Unidos contra las agresio0nes de cualquier género que se mediten en daño y perjuicio de los intereses y derechos de Nicaragua; y con el mayor encarecimiento ruega al Honorable Secretario de Estado tenga á bien hacer expedir las órdenes convenientes con el objeto de evitar la salida de los puertos de la Unión, principalmente de Nueva York y Nueva Orleans, de cualquiera expedición ó buques de guerra americanos, que se hallen ó deben hallarse en las aguas de San Juan y en las costas del mar Caribe, para que impidan todo intento criminal y se opongan á todo desembarco que induzca á razonables sospechas. - El infrascrito aprovecha esta oportunidad para reiterar al Honorable Secretario de Estado la seguridad de su mas distinguida consideración. J. de Marcoleta Hon. W. L. M. Marcy, etc.. |
Los
documentos que se presentan en ésta serie son una reproducción
fiel - aún conservo la ortografía original - de los que aparecen
en el folleto que el Señor de Marcoleta publicara en 1869 bajo el
título: Documentos Diplomáticos para servir a la Historia
de Nicaragua - y que ahora el Fondo de Promoción Cultural del Banco
de América publica como una contribución valiosa a la bibliografía
histórica Nicaragüense. Primera Serie, que comprende las reclamaciones
hechas en Washington en consecuencia del Incendio y destrucción
de San Juan del Norte el 12 y 13 de Julio de 1855 y los documentos relativos
a la expedición proyectada por Kenney y Consortes contra la independencia
y nacionalidad de Nicargüa y de Centro-América. Paris, Imprenta
Hispano americana de Rouge Hermanos y Compañía Calle du Four
Saint- German 43 1869. Para Nika Cyber Municipio Ed Manfut's colección
copia fiel Septiembre, del 2002 , mes de la Patria.