| 25 de Enero de 1845,
Registro Oficial
Era órgano oficial del Gobierno de la
República en las administraciones de Sandoval, Zepeda y Guerrero;
en su inicio este Gobierno tenía su sede en San Fernando de Masaya.
El No. "1" salió el sábado 25 de Enero de 1845, publicándose
regularmente en forma de semanario, hasta el No. 46 del año 1847,
que suponiamos debía haber salido el 17 de Diciembre de ese año,
pero al tener en mis manos el ejemplar comprobé que había
sido el 18. Se vuelve a editar en San Fernando de Masaya del No. "1" al
32, de 30 de Agosto de 1845, escribiéndose "Registro Oficial". Se
continuó editadose en León del No. 33, con fecha sábado
13 de 1845 hasta el numero No. 73 de sábado 13 de junio de 1846,
escribiéndolo entonces -Rejistro Oficial".
Del número 74, de sábado 20 de
junio 1846, se vuelve a editar en San Fernando de Masaya, hasta el numero
77 de sábado 18 de julio del mismo año; del 78 en adelante
en Santiago de Managua, por trasladarse a esta ciudad la sede del Gobierno,
hasta el No. 22 del Tomo II, de 3 de julio de 1847, del No. 23 de
este Tomo en adelante, de 7 de Agosto de 1846. hasta el No. 46 que fue
el último número con fecha 18 de Diciembre de 1847, en la
ciudad de León. Del No. 87 en adelante vuelve a escribir con "j".
Existe una Colección bastante representativa
de este periodico en el Archivo Nacional de Costa Rica, la cual llega hasta
el No. 7 del tomo II, de sábado 20 de Marzo de 1847. Además
de los ejemplares mencionados antes por el Lic. Carlos Meléndez
Ch., he comprobado que en Nicaragua en la Biblioteca Particuar del
Dr. Felipe Rodríguez Serrano, existen los números del 50
al No. 100, del tomo I, correspondiente al año de 1846, faltando
los numeros 92, 93, 94; en Masaya, en una Colección particular,
estan los 46 números del Tomo II, correspondiente a 1847, faltando
los números 3, 13, 23, 24, 25, 26 y la última hoja del número
46.
En la guía de microfilm ya mencionada,
de la República de Honduras, en la página 189, en legajo
No. 2356 indica la existencia de los números de junio 13 a Noviembre
de 1846; en la misma pagina 189, en legajo con el No. 2358 de Diciembre
5 de 1846 a Enero 13 de 1847, estando aquí el No. 94; también
en la misma página con No. 2380, los de Febrero 13 a Diciembre 4
de 1847, encontrandose los Nos. 3, 13, 23, 24, 25 y 26. Fotocopia de todos
estos números están en la colección particular del
Dr. Mauricio Pallais Lacayo y en la del Dr. Andrés Vega Bolaños.
Los editados por primera vez en la ciudad de
San Fernando de Masaya. fueron impresos en la "Imprenta del Gobierno",
y los números correspondientes a la segunda vez se editaron en la
"Imprenta de Minerva".
En León se empezaron a editar en la
de los "Señores Argüello"; y del No. 65 al 73 en la "Nicolás
Aguado". Los números editados en Managua y los de la segunda vez
en León no tienen pie de imprenta.
Su tamaño no era regular, pues los editados
en San Fernando tenían una área impresa de 25 por 15.2 cms;
los editados en León 26 por 15.8 cms. Todos eran de cuatro páginas
por número, haciendo un total de 564 páginas de publicación.
Su valor era de un real el número. No
tenía lema.
No se sabe a fuente cierta quienes eran los
redactores pero con buena lógica se supone que eran los funcionarios
del Gobierno. En realidad. de la publicación de Registro Oficial
que tuvo una trayectoria histórica bastante sostenida, puede decirse
que ya formalmente comienza a pensarse en el periodismo en Nicaragua. A
pesar de su carácter oficial, tratan de hacerlo atractivo e interesante
y le dan orientación amplia y abierta. Su Decreto de fundación
que lo tuvo como vocero del Gobierno, fue a iniciativa de don Blas Antonio
Saenz.
No tuvo prospecto, pero en su primer número
trae una presentación, que cabe tenerla como equivalente, y es la
que sigue: "en todos los países cultos, en donde la razón
ilustrada dirige el movimiento general, y en donde la luz se derrama a
torrentes por todos los senos de la sociedad sobre las ciencias, las artes
y la administración pública: el arreglo de los periódicos
es ya, no solamente un principio de utilidad común; sino también
de necesidad para la marcha regularizada del cuerpo político.
La imprenta: esta máquina que no puede
ya romperse, y cuya voz está calculada para el foroum general de
un pueblo, es una propiedad adquirida tan incontrastablemente por el género
humano, que los Tronos más soberbios de la tierra, al tentar arrancársela,
han caldo para siempre con asombro del Universo.
El Gobierno Supremo de Nicaragua, obsequiando
estos principios, ha dispuesto la publicación del presente periódico..."
El Registro Oficial desapareció en el
No. 46 en la fecha a á hda de 1847, para dar cabida a la "La Gaceta
del Supremo Gobierno del Estado".
por Ramón Romero
-1845
REVOLUCION DE JOSE MARIA VALLE
El período administrativo del i Director
José León Sandoval ! (dice don José Dolores Gámez,
en su historia de Nicaragua, pág. 520) se pasó en continuas
agitaciones. No se podía esperar otra cosa, si se atiende al lastimoso
estado en que quedó el país después de la guerra de
1844.
Vivos los odios locales, desencadenadas las
malas pasiones, desmoralizados los pueblos y cuando la pobreza general
encontraba un incentivo en los desórdenes tuvo que ser la guerra
una consecuencia natural.
De todos aquello., movimientos revolucionarios
fué el principal el que acaudilló José María
Valle (a) Chelón que en el mes de junio anterior había sido
confinado en unión de otros,
cuantos al puerto de San Juan del Norte, por
una tentativa de asalto al cuartel de León.
Valle burló el confinamiento y se dirigió
al puerto de la Unión en El Salvador.
Entre los empleados del puerto, contaba Valle
con algunos amigos personales; ellos le suministraron armas y recursos.
Acompañado de sesenta hombres, que enganchó en el mismo puerto,
se hizo a la vela en una goleta, desembarcó en la costa de Cosigüina
y logró sorprender la plaza de Chinandega, de la que se apoderó
en seguida el 24 de julio de 1845.
Valle estaba furioso en contra del Gobierno
de Sandoval que lo había confinado, y, aprovechando las especiales
circunstancias de Nicaragua, se presentaba como el vengador de los sacrificados
leoneses y lanzaba al país en nuevas guerras.
La facción de Valle no representaba
bandera política alguna, y los excesos con que se manchó
después, acabaron de convencer a los que al principio dudaban, que
se trataba de simples gavillas, deseosas, además, de satisfacer
enconos y venganzas.
Todas las personas pudientes del Estado sin
distinción de círculos, ni de localidades, deseaban el restablecimiento
del orden y la reorganización del país.
La facción de Valle, fué, pues,
mal acogida por la generalidad, salvo algunos individuos que tenían
resentimientos especiales con el personal del Gobierno.
En León se organizaron fuerzas para
debelar la facción, y las personas notables ayudaron con lealtad
al Gobierno, enrolándose algunas en sus filas como los distinguidos
liberales doctor don Máximo Jerez y don Mariano Salazar, que iniciaron
entonces su carrera militar, mereciendo ambos especial mención en
varios partes oficiales.
Valle trató de apoderarse de León,
y con este objeto se presentó en Subtiaba, el día 26 de julio
de 1845. Sus huestes eran numerosas y estaban capitaneados por el mismo
Valle y por Guadalupe Lagos, (a), Diablo Blanco, el Charingo, Elera, Blas
Muñoz y otros cuantos cabecillas de la revolución.
Las tropas del gobierno, bajo las órdenes
del general Muñoz, les salieron al encuentro y después de
algunas horas de fuego los obligaron a retirarse en completa derrota, haciéndoles
treinta y tres muertos y ocho prisioneros.
Mientras Valle se esforzaba inútilmente,
procurando apoderarse de León, uno de sus tenientes, Bernabé
Somoza, se internó en las Sierras de Managua y levantó el
estandarte revolucionario en todos los contornos.
El Gobierno destacó una columna en su
persecución y el 6 de agosto del mismo año tuvieron un encuentro
muy reñido y dicisivo, en el que fué derrotado Somoza, y
perdió el Gobierno al Capitán expedicionario don Juan de
Dios Matus. Quedó prisionero el Capitán revolucionario J.
Antonio Martínez, a quien se le juzgó y fusiló en
seguida.
El foco de la insurrección ocupaba las
plazas de Chinandega y villa del Viejo, por lo cual Muñoz, se dirigió
a estos puntos a la cabeza de cien infantes y cuarenta dragones.
En Chichigalpa hizo alto y fué atacado
por los revolucionarios, a quienes logró rechazar, pasando en seguida
a Chinandega, cuya plaza ocupó sin dificultad por hallarse
desocupada.
Los revolucionarios amenazaban la plaza con
crecido número de tropas y Muñoz determinó regresar
a León a hacer nuevos reclutamientos para aumentar su columna. Realizado
este propósito, atacó de nuevo la plaza de Chinandega, el
16 de agosto, y después de un vivo fuego, logró apoderarse
de ella a la una de la tarde del propio día.
A las siete de la mañana siguiente,
el grueso de los revolucionarios probó un último esfuerzo,
atacando la plaza por todas direcciones y batiéndose con verdadera
desesperación.
Lograron introducirse al centro de la plaza;
pero fueron desalojados de nuevo, sufriendo completa y decisiva. derrota
con pérdidas de cuarenta hombres muertos, diez y ocho prisioneros
y muchas armas y elementos de guerra. Las tropas del Gobierno sufrieron
también pérdidas muy sensibles.
En ese mismo año de 1845 apareció
en Somoto una nueva facción de que se hizo responsable a Valle.
Su primer hecho de armas se señaló con el asesinato de don
Juan Fábrega, que con algunos milicianos estaba de guarnición
en aquel punto.
Mientras tanto, la anarquía del departamento
setentrional fué tan grande, que llegó a creerse que aquella
sociedad estaba llamada a desaparecer.
(La Guerra de Nicaragua.
escrita por William Walker, traducida por Ricardo Fernández Guardia,
pág. 66).
"A la vez que Walker iba recogiendo para la
Falange las pocas armas y municiones que en el país había,
se ocupaba en buscar un oficial nacido en Nicaragua y capaz de resolverse
a tomar parte en la expedición al departamento meridional con el
consentimiento del gobierno democrático o sin él.
Lo encontró en la persona del sub-prefecto
de Chinandega don José María Valle, uno de los compañeros
de Jerez cuando éste desembarcó en el Realejo en mayo de
1854. Había ascendido a Coronel en el ejército democrático.
pero una herida que recibió en la parte inferior del muslo durante
el sitio de Granada puso su vida en peligro y como fué astillado
el hueso le quedó una rodilla tiesa y tuvo que retirarse del servicio
activo en aquel tiemro. Valle ejercía gran influencia en los soldados
de León y Chinandega y solía enardecer los ánimos
populares relatando con cierta elocuencia tosca los males que les había
ocasionado el gobierno legitimista.
Era un indio de raza casi pura, sin educación
ninguna, que no sabía leer ni escribir. Salía a caballo por
las calles de Chinandega y los pueblos vecinos, hablando de los americanos
generosos. Cuando cogía la guitarra arrebataba a las mujeres con
sus canciones patrióticas; y el dominio que sobre ellas ejercía
no era despreciable en un país donde las mujeres desempeñan
hasta cierto punto el papel de los periódicos, propalando noticias
y formando opiniones".
NQ 31 del
Registro Oficial
del 5 de julio de 1845.
|
En el N" 24 del Registro Oficial, fecha 5
de julio de 1845, publicación oficial, se encuentra con este título,
LEON, el siguiente informe del Gral. José Trinidad Muñoz.
"Prefectura Occidental. Por rumores públicos
llegó a mí noticia que se trataba en esta ciudad de una conspiración,
la que perseguí hasta encontrar sus autores.
En efecto, ella iba a estallar el 21 por la
noche, al favor de una traición, más habiendo sido descubierta
ésta, de nuevo se prepararon para el 24; pero todo fué en
vano: ella fué rechazada por la opinión de la mayoría
que, rodeándome de la manera más entusiasta, presentaron
los buenos leoneses sus pechos al frente de los que deseaban asesinarlos.
Los anarquistas acobardados, han tomado el
partido de ocultarse: se le siguen sus causas, y algunos han sido capturados.
Estos sucesos han causado en la población la inquietud que era consiguiente;
y anoche unos cuantos desesperados quisieron acometer sobre la plaza, suponiéndome
descuidado; más los centinelas y guardias de las avenidas les probaron
con sus violentos fuegos, que estaban alerta, y yo creo que han recibido
un escarmiento.
Todo lo que digo a Uds, para satisfacción
del Supremo Director, reiterándole mis protestas de subordinación
y aprecio. D. U. L.
León, Junio 26 de 1845.
José Trinidad Muñoz.
|
NQ 31 del
Registro Oficial
del 20 de Diciembre de 1845
|
No 48. Registro Oficial. p. 161. Correspondiente
al sábado 20 de Diciembre de 1845, editado en León.
PARTE OFICIAL
Ejército del Estado. General en Jefe.
Por no habérmelo permitido mis ocupaciones, hasta ahora doy el parte
circunstanciado de la jornada del 6, y es como sigue.
El 5 por la noche se me dió aviso de
que los facciosos emprendían su marcha por caminos extraviados a
la ciudad de Chinandega.
No pudiendo asegurarme del que precisamente
llevaban, el seis a las siete de la mañana ordené al señor
ayudante general Agustín Hernández, que con cincuenta caballos
marchase por el mismo rumbo, para adquirir las noticias que pudieran tenerme,
y situarse en el trapiche nombrado de Galarza, esperando órdenes.
A las dos horas emprendí mi marcha con
la división de operaciones, en la misma dirección. Ninguna
noticia pude encontrar en la marcha; pero cuando mi vanguardia iba pocas
cuadras adelante de la hacienda de las Solanos, recibí el parte
que me daba el Sr. Hernández de que el enemigo estaba en la hacienda
de Guadalupe, dos leguas a mi izquierda, me dispuse atacarlo en aquel punto,
cuando oí el fuego que la vanguardia enemiga había roto sobre
la caballería.
Dejando entonces el camino que conducía
a Guadalupe, a paso de maniobra marché a protejerla: la caballería
retiró por el camino de Barreto, y el enemigo cargó sobre
su retaguardia.
Habiendo yo ocupado el trapiche' de Galarza,
quedó situado entre la vanguardia y el centro del enemigo.
Sobre la primera hice cargar al denodado capitán
Mateo Pineda con su brava compañía, quien por la espalda
destrozó completamente al número superior que forzaba a retirar
a nuestra caballería.
Cambiando yo entonces mi frente a retaguardia
y estando el grueso del enemigo precisado a proteger a su vanguardia, tuvo
necesidad de cargar sobre mi centro, en donde le esperaba preparado con
su deber; murió más los valientes que mandaba, haciendo fuego
en retirada, según la orden que tenían, guiaron al enemigo,
puede decirse, hasta el punto en donde por mi derecha estaba preparado
el capitán Santos Ramírez con su compañía para
dar una sorpresa de flanco, como lo ejecutó con la bizarría
que le caracteriza.
Por mi izquierda hacía igual movimiento
la segunda mitad de la heroica primera compañía veterana
que guiada por el sereno teniente coronel Máximo Jerez y ayudante
Miguel Irías, hacían proezas de valor: el enemigo cargó
en número muy superior sobre el centro y flancos: la acción
se generalizó, y al mismo tiempo quedó deshecha completamente
su vanguardia por mi retaguardia; su centro fué rechazado, y arrollados
sus flancos.
Media hora de fuego y tres minutos a la bayoneta
fueron bastantes para ponerlos en desorden. Se completó la derrota,
y el enemigo huyó por todas direcciones, dejando en el campo de
batalla más de cuarenta muertos, varios heridos, algunos prisioneros,
cuarenta y tantos fusiles, veintitantos caballos, el parque de reserva,
dos cornetas, y las mulas, de su tren.
Por nuestra parte, esta victoria cuesta la
pérdida del heroico capitán Cabrera, cuatro valientes soldados
que murieron llenando de terror a sus enemigos. También hemos tenido
la desgracia de que fuesen heridos los valerosos oficiales capitán
Santos Ramírez, teniente Agapito Salas y Alférez Félix
Ramírez, un sargento de la compañía del capitán
Pineda ; un soldado veterano; cuatro de la del capitán Ramírez
y cinco de la 'de Cabrera.
El valor y exactitud con que han operado todos
mis subordinados es digna del mayor elogio por lo que les recomiendo a
la alta consideración del Supremo Gobierno.
El capitán Pineda no sólo ha
dado en esta vez nuevas pruebas de su valor, sino también de su
talento militar, ejecutando con precisión, una operación
que se hacía separada del ejército; en ella le auxiliaron
el ayudante Miguel Durán, mi secretario Pablo Carbajal y los insignes
patriotas Felipe Toruño, José María Ugarte, J. D.
Mayorga y Rafael Salinas, que acaudillados por el impávido señor
Agustín Plazaola, concurrieron a todos los puntos donde era necesario
obrar, supliendo la falta de la caballería.
Si todos los jefes, oficiales y tropas han
dado ya otra vez grandes pruebas de su valor y patriotismo, en esta las
han dado de su heroicidad; pues a sus fuerzas se debe el haber triunfado
sobre un doble número que nos disputa la victoria; ellos son dignos
de toda recompensa; pero no puedo dispensarme de recomendar con particularidad
a los cadetes niños Vicente Jerez y Francisco Chávez, cuyo
denuedo en el combate ha admirado toda la división, así como
el distinguido valor del sargento 1ero. veterano Pedro Quiñónez,
20 Clemente Rodríguez, y el cabo Macedonio Jarquín, quienes
con los intrépidos veteranos ejecutaron la operación más
difícil por la izquierda.
Todo lo que dejo allí para que se sirva
elevar al conocimiento del Supremo Director, reiterándoles mis protestas
de subordinación y aprecio.
D. U. L. Cuartel Gral. en San Antonio.
Diciembre 10 de 1845.
J. T. Muñoz.
Sr. Ministro de la Guerra. |
NQ 31 del
Registro Oficial
del 23 de Agosto de 1845.
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DECRETOS GUBERNATIVOS
Chinandega, Agosto 17 de 1845.
El Director Supremo del Estado de Nicaragua,
Considerando: que la seguridad de
las personas, de las vidas, propiedades de los habitantes y corporaciones
del Estado demandan medidas perentorias, que le pongan a cubierto de la
anarquía que el 22 del actual asomó en el distrito de Chinandega,
secundando la opinión pública altamente pronunciada en favor
de la conservación de "tan sagrados derechos, y conociendo que la
salvación de la Patria, es el único y primordial objeto de
todo gobierno que ama verdaderamente su país.
DECRETA:
Art. 1.-Declárase en estado
de sitio la ciudad de Chinandega y los pueblos que imitasen su conducta.
Art. 2.-El D. S. se pone a la cabeza del Ejército,
y mientras, el ministro de la guerra despachará en todos los ramos.
Registro Oficial
DECRETOS GUBERNATIVOS
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DECRETOS GUBERNATIVOS
Dado en San Fernando a 26 de Julio, etc.
El D. S. del Estado de Nicaragua. En uso de
las facultades que le confiere la ley.
DECRETA:
Art. 1.-Trasládase el Gobierno
a la Villa de Managua.
Art. 2.-Los Jefes 1 y 2 de la división
de operaciones, son áncargados de disponer lo conveniente al cumplimiento
de este decreto.
DECRETOS GUBERNATIVOS
Dado en San Fernado a 30 de Julio, etc.
NQ 31 del Registro Oficial, del 23 de Agosto
de 1845.
Parte oficial. Ejército del
Estado. General en Jefe. Son las diez de la mañana, hora en que
tengo el honor de decir a Ud. las novedades siguientes: el 15 salí
de León con el objeto de ataicar esta plaza en donde estaba el enemigo,
después de varios movimientos para evitar que evadieran la acción,
la ocupé ayer a la una del día, habiendo ellos hecho movimiento
de retirada que por el cansancio y fatiga de mis tropas yo no pude seguir;
pernocté en mis cuarteles y a las siete de la mañana de hoy
me atacaron por todas direcciones haciendo un impulso verdaderamente desesperado
hasta introducirse a la misma plaza de donde han sido arrojados con pérdida
de más de cuarenta muertos, 18 prisioneros entre ellos cuatro heridos,
fusiles van recogidos hasta ahora treinta y tantos, una caja de guerra,
lanzas, caba= líos y algunas municiones sueltas. Entre los muertos
de los enemigos se encuentran el capitán Toribio Fonseca, de Managua:
más este triunfo ha costado la vida del heroico patriota Baltasar
Robelo y la del valiente sargento de la caballería Gregorio Acuña,
un cabo y tres soldados, quedando heridos levemente, el ayudante del teniente
coronel Lacayo, Mariano Criollo, el patriota Andrés Ramírez,
pasado de una pierna el valiente capitán Máximo Jerez, -con
una fuerte contusión el capitán José Zavala y el patriota
Mariano Zelaya, nueve heridos de las compañías insignes de
Granada, siete dragones y de las 'compañías de León,
ocho.
Es imponderable, Sr. el valor y serenidad con
que han operado los señores Jefes, oficiales y tropa que tengo el
honor de mandar. El teniente coronel Lacayo, con la mayor firmeza sostuvo
los puntos que le tocó defender los denodados capitanes Zavala y
Cerda a la cabeza de sus compañías hicieron retroceder al
enemigo por los puntos que les tocó cargarles; el intrépido
capitán Ballesteros, sus valientes subalternos y compañías
de igual manera que el bizarro capitán Santos Ramírez, los
tenientes Fermín Martínez y Manuel Bermúdez, han dado
pruebas de ser dignos defensores de la santa causa de las leyes.
La valiente compañía de gendarmes
su bravo capitán Mateo Pineda, y subalterno Vicente Criollo, han
dado ejemplares no comunes de valor. Así como la joven compañía
veterana que con su capitán Pascasio Bermúdez y subalternos
Miguel Martínez y Jerónimo González, han aterrorizado
al enemigo cuando les ha tocado probárseles que pertenecen a la
invencible guardia de los supremos Poderes del Estado.
Mi estado mayor compuesto en su mayor parte
de los ilustres patriotas Sr. Francisco Díaz Zapata, señores
Mariano y Trinidad Salazar, Rafael Ugarte, José Sansón, capitán
de milicias señor Rafael Bermúdez, el id. Marcos Argüello,
el patriota Domingo Lacayo, Domingo Murillo, José María Sarrias,
Juan Martínez y otros, se han batido con el mayor ardor y comunicaron
mis órdenes en medio de todos los peligros e inspirando entusiasmo
a todas las tropas, empero toda recomendación es pequeña
cuando se trata del bizarro teniente coronel Ponciano Corral, quien como
Jefe de Estado Mayor ha hecho ejecutar mis órdenes con la mayor
exactitud y ha dado cargas al enemigo a la cabeza de la caballería
con tanta intrepidez que la hubiera envidiado el célebre Murat.
Su valor, su actitud y celo lo hacen digno
de toda recompensa, por lo que, en uso de las facultades que el Supremo
Gobierno me ha concedido, le he conferido en medio de la acción
el grado de coronel en recompena de su mérito; y espero que el Supremo
Gobierno se digne confirmar.
Todos, Sr. son dignos del mayor elogio por
sus comportamientos. En dos horas de acción sólo se ha visto
valor y entusiasmo.
Todo lo que espero se sirva poner en conocimiento
del Supremo Director, felicitándolo por mi parte y reiterándole
mis protestas de subordinación y aprecio. D. U. L.
Chinandega, Agosto 17 de 1845.
José Trinidad Muñoz.
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DECRETOS GUBERNATIVOS
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DECRETO DE 12 DE MARZO DE 1852
DECLARANDO LIBRE DE TONELAJE
EL PUERTO DEL
REALEJO POR DOS AÑOS
El Director del Estado de Nicaragua. - Siendo
una de las primeras fuentes de riqueza el comercio, y su protección
el medio más eficaz para procurarlo por los Puertos del Estado:
en uso de sus facultades
DECRETA:
Art, 1ero.
Los buques que arriben al Puerto del Realejo
con mercancías no pagarán tonelaje.
Art. 2ndo.
Este privilegio durará dos años
a contar desde esta fecha.
Art. 3ero.
El señor Ministro de Hacienda cuidará
del cumplimiento del presente decreto, y de que se publique y circule.
Dado en Managua a 12 de marzo de 1852.
- José Laureano Pineda. -
Al señor Lic. don Pedro Zeledón
encargado del Ministerio de Hacienda.
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Registro Oficial
DECRETOS GUBERNATIVOS
|
DECRETO DE 13 DE ABRIL DE 1852
MANDANDO COBRAR EL DERECHO DE
ANCLAJE EN
LOS PUERTOS DE SAN JUAN DEL
SUR Y EL REALEJO
El Director del Estado de Nicaragua. -
Teniendo en consideración que por decreto
de 21 de enero y de 12 de marzo del año corriente se suprimió
el derecho de tonelaje a los buques que importen mercaderías por
los Puertos de San Juan de la Concordia y el Realejo en el Pacífico;
y que deben proporcionarse recursos con que auxiliar los gastos que demanda
la Administración y régimen de dichos Puertos sin causar
enormes gravámenes al comercio: en uso de sus facultades ha venido
en decretar y
DECRETA:
Art. 19 En los expresados Puertos del Realejo
y San Juan de la Concordia se cobrará a los buques por derecho de
anclaje diez pesos por cada cien toneladas de su capacidad.
Art. 29 Se exceptúan únicamente
los buques de guerra, los correos de vapor y los que estén contenidos
en la lista que la Compañía de canal interoceánico
y accesoria de tránsito deben presentar al Gobierno en conformidad
de los contratos de 26 de septiembre de 1849 y de 20 de agosto del año
antepróximo.
Art. 39 La presente disposición deroga
toba otra que le sea contraria aunque merezca especial mención.
Art. 49 El señor Ministro de Hacienda
es encargado del cumplimiento de este decreto y de que se comunique a quienes
corresponda.
Dado en Managua a 13 de abril de 1852.
- José Laureano Pineda.
- Al señor Dr. don Jesús de
la Rocha, Ministro del despacho de Hacienda.
|
Registro Oficial
DECRETOS GUBERNATIVOS
|
DECRETO número 24 de 5 de febrero,
concediendo el título
de Villa
al pueblo de Chichigalpa.
El Gral. Presidente de la Rpca. de Nicaragua,
a sus habitantes: Por cuanto la A. C. de la República ha decretado
lo que sigue
"La A. C. de la Rpca. de Nicaragua. En uso
de las facultades legislativas de que se halla investida.
DECRETA:
Art. Unico. - Concédese al pueblo de
Chichigalpa del Distrito de Chinandega el título de Villa.
- Al Poder Ejecutivo. -
Dado en el salón de sesiones, en Managua,
a 30 de enero de 1858.
- José L. César, -D.V.P.- Isidoro
López, D. S. - Pablo Chamorro,
D. S." Por tanto:
Ejecútese. Managua, febrero 5 de 1858.
-Tomás Martínez.-
Al Sr. Dr. don Rosalío Cortés.
. |
Registro Oficial
DECRETOS GUBERNATIVOS
|
DECRETO número 48 de 17 de mayo,
autorizando al Gobierno
para trasladar la aduana del
Realejo
al punto que juzgue más
conveniente.
El General Presidente de la República
de Nicaragua, a sus habitantes.
Por cuanto la Asamblea Constituyente de la
República ha decretado lo que sigue:
"La Asamblea Constituyente de la República
de Nicaragua. En uso de las facultades legislativas de que se halla investida,
DECRETA:
Art. Unico. - Se autoriza al Gobierno para
trasladar la aduana del Realejo al punto que le parezca más conveniente,
haciendo los gastos que sean necesarios.
- El Poder Ejecutivo. - Dado en el salón
de sesiones de la A. C., en Managua, a 15 de mayo de 1858.
- Antonio-Falla, D. P. - J. Antonio Mejía,
D. S. - J. Miguel Cárdenas, D. S." -
Por tanto: Ejecútese. Palacio Nacional
de Santiago de Managua, mayo 17 de 1858.
- Tomás Martínez. -
Al Sr. Dr. don Rosalío Cortés,
Secretario de Estado en el despacho de gobernación. - Rosalío
Cortés.
|
Registro Oficial
DECRETOS GUBERNATIVOS
|
DECRETO número 70 de 15 de julio, aprobando
el gubernativo de 6 de abril de 1853, que
destina del producto de la masa
decimal trescientos pesos para la reparación de la parroquia del
Realejo.
El Dpdo. Presidente de la Rpca. de Nicaragua,
a sus habitantes: Por cuanto la A. C. de la Repúblicaa ha decretado
lo que sigue:
"La A. C. de la República de Nicaragua,
en uso de las facultades legislativas de que se halla investida,
DECRETA:
Art. Único. - Apruébase el decreto
gubernativo de 6 de abril de 1853 por el que se destina del producto de
la masa decimal la cantidad de trescientos pesos para la reparación
de la Iglesia parroquial de la villa del Realejo.
- Al P.E. -
Dado en el salón de sesiones de la
A. C. de la República de Nicaragua. - Managua, julio 10 de 1858.
- Antonio Falla, D. P. - Isidoro López,
D. S. - Pablo Chamorro,
D. S. - Por tanto: Ejecútese. Palacio
Nacional de Santiago de Managua, julio 15 de 1858.
- Agustín Avilés. -
Al Sr. don Eduardo Castillo, Ministro de Hacienda
y Crédito Público, y encargado accidentalmente de la cartera
de gobernación. - Eduardo Castillo.
|
Registro Oficial
DECRETOS GUBERNATIVOS
|
DECRETO número 86 de 16 de agosto,
mandando dar treinta pesos mensuales
a la municipalidad de Masaya, del fondo de Instrucción Pública
del departamento de Oriente, para dotar una escuela primaria; y con igual
objeto cien a la municipalidad del Realejo, del fondo de instrucción
de Occidente.
El General Presidente de la República
de Nicaragua, a sus habitantes.
Por cuanto la A. C. de la Rpca. ha decretado
lo que sigue:
"La Asamblea Constituyente de la República
de Nicaragua. En uso de las facultades legislativas de que se halla investida,
DECRETA:
Art. 1° Del fondo de Instrucción
Pública del departamento Oriental, se darán treinta pesos
mensuales a la municipalidad de Masaya para dotar una escuela de primeras
letras, además de la que hoy existe.
Art. 2 Del fondo de Instrucción Pública
del departamento Occidental, se darán cien pesos mensuales a la
municipalidad de la Villa del Realejo para que funde una escuela de primeras
letras.
Al Poder Ejecutivo. Dado en Managua, a 10 de
agosto de 1858. - Hermenegildo Zepeda, D. P. - J. Antonio Mejía,
D. S. - J. Mariano Bolaños,
D. S." - Por tanto: Ejecútese. Palacio
Nacional, Managua,
agosto 16 de 1858.
- Tomás Martínez. -
Al señor doctor don Rosalío
Cortés, Secretario de Estado en la cartera de gobernación.
- Rosalío Cortés. |
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DECRETOS GUBERNATIVOS
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ACUERDO NQ 460 de 22 de noviembre.
Estableciendo una guarnición
en el departamento de Chinandega.
EL GOBIERNO:
Siendo de absoluta necesidad establecer en
el departamento de Chinandega una guarnición para la conservación
del orden público; en uso de sus facultades,
ACUERDA:
Habrá en el Departamento de Chinandega
una guarnición a cargo del Gobernador militar que tendrá
a sus órdenes un mayor de plaza con funciones de Comandante de distrito.
- Comuníquese a quienes corresponde.
- Palacio Nacional, Managua, noviembre 22
de 1858. - Martínez. |
Registro Oficial
DECRETOS GUBERNATIVOS
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DECRETO No 38 de 13 de abril
estableciendo Juntas de Instrucción
pública en los Departamentos de Chinandega y Chontales.
"El Presidente de la República de Nicaragua,
a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado y Cámara,de Diputados de la
República de. Nicaragua,
DECRETAN:
Art. 1 En las cabeceras de los Departamentos
de Chinandega y Chontales habrá Juntas de Instrucción pública
creadas con arreglo al decreto Legislativo de 8 de octubre de 1848, tendrán
las mismas facultades y obligaciones que establece el mismo decreto.
Art. 2 Corresponden a los fondos de estas nuevas
Juntas los novenos decimales de su respectiva comprensión : lo que
por leyes especiales esté designado para alguno de sus pueblos;
y los recursos que se proporcionen mediante las facultades que se les confieren.
Art. 3 Las Juntas cuidarán de la mejora
y progreso de sus fondos respectivos, y de su exacta y legal inversión
des-• tinándclos precisamente a la enseñanza primaria. Cuando,
hubiere un superabit, se crearán otros establecimientos de instrucción
de los ramos más necesarios en la época.
Art. 4 Tan luego estén establecidas
estas nuevas Juntas, cesarán las subvenciones que por leyes anteriores
daban a los pueblos de los Departamentos de Chinandega y Chontales los
fondos de instrucción pública de León y Granada.
Dado en la Sala de sesiones de la Cámara
del Senado. - en Managua, abril 11 de 1859.
- Fernando Chamorro, S. P. - Manuel Revelo,
S. S. - J. Miguel Cárdenas, S. P.
Al Poder Ejecutivo. Salón de sesiones
de la Cámara de Diputados. - Managua, abril 12 de 1859.
- Pablo Chamorro, D. P. - Antonio Falla,
D. S. - Joaquín Elizondo, D. V. S.
Por tanto: Ejecútese. Palacio Nacional.
Managua, abril 13 de 1859.
- Tomás Martínez.
Al Sr. Dr. D. Jesús de la Rocha, Ministro
de Fomento Instrucción y Crédito Público. - Jesús
de la Rocha. |
Registro Oficial
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ACUERDO N 19 de 4 de enero,
concediendo a las municipalidades
de Chinandega y Chichigalpa el juego de lotería.
EL GOBIERNO:
Atendiendo la solicitud de la municipalidad
de Chinandega, pidiendo se conceda como propiedad suya el juego de lotería
para rematarlo con el objeto de subvenir con sus porductos a los gastos
de la composición de la casa Cabildo de aquella ciudad; y
atendida la exposición del Prefecto del mismo departamento, relativa
al mismo asunto para la reedificación del Cabildo de Chichigalpa,
en uso de sus facultades,
ACUERDA:
1 Para mientras duran los trabajos de los
referidos Cabildos, y para su reedificación, se concede en propiedad
a laEo municipalidades de Chinandega y Chichigalpa el juego de lotería.
2 Las municipalidades son obligadas a reglamentarle
en sus respectivos pueblos para garantizar el orden y tranquilidad.
Comunique a quienes corresponda. - Managua,
enero 4 de 1869.
- Martínez
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